Recientemente se han difundido opiniones sobre la necesidad de establecer “piso parejo” entre el sector bancario y las empresas FinTech
Perla Vallejo
En distintas oportunidades durante 2021, empresarios de la banca exigieron competencia justa o “piso parejo” con el sector FinTech, producto del rápido crecimiento del sector de tecnología financiera. Situación que se acentuó con las medidas de confinamiento por el Covid-19.
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Entre los funcionarios que han levantado la voz destacan la presidenta de Banco Santander, Ana Botín; el director general de Citibanamex, Daniel Romo y Daniel Becker Feldman, presidente de la Asociación Bancaria de México (ABM). Pero ¿en realidad deben existir estas condiciones?
Rocío H. Robles Peiro, exdirectora de la Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera y Modelos Novedosos en la CNBV y actual socia de la consultora TENET respondió desde la trinchera del mundo FinTech en una entrevista con Despertador Económico.
https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});Origen del piso parejo
De acuerdo a lo propuesto por el ABM el 9 de diciembre de 2021, cuando se trata de competencia igualitaria, regulaciones simétricas, transparencia de costos y ciberseguridad, es necesario tener “los mismos elementos y requisitos, un piso parejo”, que le permita a la banca tradicional mantener la competencia entre las finanzas tradicionales y el mundo de las tecnologías financieras (FinTech).
Robles comenta que tratándose de modelos distintos, la regulación debe ser distinta y específica para cada modelo, aunque hay aspectos transversales que implican el mismo riesgo y debe ser regulado de manera homogénea como son seguridad de la información, protección al consumidor y prevención de lavado de dinero.
Por otra parte, Robles destaca que en esos aspectos en que las reglas deben ser homogéneas, la regulación de las entidades financieras tradicionales y de las instituciones de tecnología financiera son prácticamente iguales. Solamente hay una gran diferencia entre ambos sectores: “las reglas para el on-boarding digital, es decir, la identificación y contratación de servicios de manera digital por los clientes, no son iguales, ya que en el sector de instituciones de tecnología financiera no hay reglas especiales, mientras que los demás sectores tienen procesos específicos regulados y sujetos a la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores”.
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https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});En pocas palabras, el uso de Internet permite que exista suplantaciones o creaciones falsas de identidades, lo que ella llama el anonimato por el uso de Internet. Refiere Robles que la característica natural de las FinTech es que utilizan la innovación digital para ofrecer servicios financieros más eficaces y económicos a la población que no cuenta con la banca tradicional. Que al mismo tiempo, representa un gran reto a todos los usuarios de dichas tecnologías, porque involucra desarrollar una cultura de ciberseguridad; a fin de prevenir los delitos cibernéticos.
Actualmente, las FinTech no están sujetas a un marco similar al que tiene el resto del sector financiero respecto de “los procedimientos para identificar a una persona de manera digital, que obviamente si es un gran reto, porque a través de Internet también se genera muchísimo anonimato y entonces se presta mucho a fraude, lavado de dinero y otras conductas delictivas” aclaró Robles.
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https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});Por otra parte, la transformación digital en los servicios financieros tradicionales se ha convertido en algo indispensable para la operación de los bancos tradicionales y su marco regulatorio no está preparado para eso, ya que sus reglas en materia tecnológica no han sido actualizadas. Estas necesitan que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores apruebe el marco para impulsar al sistema financiero en su transformación digital y “subsanar deficiencias de sistemas anteriores en materia de usabilidad, interoperabilidad y acceso, en los procesos de identificación, verificación y autenticación —basados en tecnología y de forma remota— permitiendo un acceso abierto e incrementan la conveniencia para sus usuarios”.
En los aspectos de regulación prudencial, según Rocío Robles, los bancos utilizan los ahorros que captan del público para otorgar los créditos, mientras que las FinTech reguladas no realizan esta intermediación financiera, sino que solamente reciben y canalizan el dinero del usuario para los fines que este determine. Por esta razón, aconseja ser cuidadosos sobre el tipo de regulación de la que se habla pues las FinTech y los bancos realizan actividades diferentes y por eso, la regulación no puede ser la misma.
Sobre las declaraciones del presidente de la ABM señaló que en materia de transparencia y protección al usuario no hay arbitraje regulatorio “el CAT es obligatorio para cualquier empresa que se dedique otorgar crédito, llámese banco, sociedad financiera de objeto múltiple, FinTech de crédito o cualquier otra sociedad que se dedique a otorgar estos créditos”. Es decir, el piso está parejo en esta materia.https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});
Por otra parte, Ana Botín externó durante su participación en el Foro Económico Mundial 2021, dijo que dichas exigencias sobre un “piso parejo”, no es tanto por las diferencias regulatorias sino “que las FinTechs estén obligadas a compartir sus datos de pagos o infraestructura en todos los países donde operen, similar a las actividades de un banco tradicional”.
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Para Botín la banca tradicional no está en contra del ecosistema FinTech; al contrario le da la bienvenida y agradece las demandas que cubren, así como los problemas que resuelve en el país; aunque eso no los exime de ofrecer seguridad de los clientes y la transparencia; de ahí que pidan condiciones similares regulatorias.
Sin embargo, Robles asegura que el régimen regulatorio de la CNBV para las FinTech en materia de ciberseguridad son rígidos y “muy similares [respecto] al régimen establecido para los bancos”. Por lo tanto, tampoco existe arbitraje regulatorio en esta materia.
https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});Ante ello, Manuel Romo durante el Finnosummit Connect 2021 mencionó “coincidimos con un principio planteado por las propias autoridades financieras, los mismos riesgos requieren una misma regulación; es decir un piso parejo para todos los participantes”.
Esto luego de que en 2019 Juan Pablo Graf, entonces jefe de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro de la Secretaría de Hacienda, dijera “…si bien algunos intermediarios necesitan una regulación diferenciada, si hay riesgos similares entre instituciones de diferente figura, tendrían que tener un marco legal igual, para proteger los recursos de las personas”.https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});
“Piso parejo”: ¿sí o no?
Robles comentó a Despertador Económico que para exigir una competencia justa, también deben considerarse las diferencias entre ambas —banca tradicional y ecosistema FinTech—. Poner las mismas reglas prudenciales a las Fintech cuando no realizan actividades de intermediación tradicionales, sería imponerles costos regulatorios injustificados.Lo que sí considera y lo que sí se debe hacer, es una regulación de “piso parejo” respecto a la protección del consumidor, seguridad de la información y prevención de lavado de dinero.
“Todo lo que es protección al consumidor, revelación de información y demás cuestiones de transparencia, tiene que estar parejo y la verdad es que las reglas de la Condusef son bastante homogéneas, es decir, lo que le piden a los bancos, les piden a las FinTechs y eso es pues piso parejo.” dijo.
Además, para la exdirectora de la Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera y Modelos Novedosos en la CNBV asegura que “el régimen prácticamente que se le aplica a bancos en materia de ciberseguridad, le aplica a las FinTech. Entonces en ese sentido tampoco hay piso disparejo”.
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