La Administración General de Grandes Contribuyentes manifestó no tener la obligación de tener la información solicitada, pero el INAI resolvió el recurso de revisión y ahora tendrá que poner a disposición la cantidad de acuerdos de intercambio de información de México con otros países
Luis Méndez Zaldívar
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá dar a conocer la cantidad de acuerdos de intercambio de información actuales que tiene México con otros países así como el número de solicitudes de intercambio de información realizadas y recibidas en los últimos diez años, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
El interesado interpuso un recurso de revisión ante el INAI pues no estuvo conforme con la respuesta dada por la Administración General de Grandes Contribuyentes del SAT quien le respondió ante su petición otorgando información de diversas unidades administrativas competentes y añadiendo que no podían satisfacer su solicitud debido a que no contaban con un registro que contuviera los archivos.
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https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});La Administración General de Grandes Contribuyentes también manifestó no tener la responsabilidad de poseer la información solicitada a pesar de que las demás unidades administrativas sí dieron a los requerido por el interesado.
https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});Los requisitos solicitados si deben tener existencia, declaró Francisco Javier Acuña
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Llamas Comisionado del INAI pues explicó que debe haber documentos que de intercambio de información del SAT compartidos con otros países “el SAT tiene compromisos internacionales y se comunica con sus pares de otros países con relación comercial, económica y financiera; entonces, el SAT u otros países le intercambian información”, dijo durante la sesión ordinaria.
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El INAI llegó a la resolución que permitirá modificar la respuesta otorgada por el SAT y la dependencia tendrá que dar a conocer los acuerdos de intercambio de información con otros países y las solicitudes de intercambio de información realizadas y recibidas en los últimos diez años ordenándose por año y país.
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