Colombia cobrará multas a los contribuyentes que no declaren operaciones con criptomonedas

Fuente: Bitcoin News Fuente: Bitcoin News

Los proyectos de Ley se han enfocado, principalmente en las plataformas de intercambio y su funcionamiento

Eduardo Rivas

Debido al interés que han mostrado los colombianos por las criptomonedas —Colombia alcanzó en 2021 el onceavo puesto a nivel mundial en adopción de activos así como el tercer lugar en la región, de acuerdo a información de la compañía de análisis especializada Chainalysis— la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció nuevas medidas tributarias.

También te puede interesar: Envío de remesas con criptomonedas en América Latina aumenta 900% en 2021

Las medidas de DIAN incluyen duras sanciones para las personas que negocien con este tipo de activos y omitan declararlo o cometan errores al hacerlo, con multas del 10% hasta el 100% del valor de las criptomonedas, según informó el director de la oficina de recaudación de impuestos de Colombia, Lisandro Junco Riveira.

Estas medidas fueron anunciadas pese a que actualmente no existe un marco legal específico para el cobro de impuestos de criptomonedas en Colombia. El debate se ha centrado en su verdadera naturaleza, de forma similar a como está el debate en Estados Unidos, si debe tratarse como una divisa o un activo.

https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});

Vengan las plataformas 

En Colombia se han presentado algunas iniciativas de ley en materia de regulación cripto, incluyendo un proyecto del año 2019 en el que se trató el tema de las plataformas de intercambio en particular. Las plataformas se definiceron como «aplicaciones o interfaces informáticas, páginas web» que proporcionen servicios de administración de las mismas plataformas, custodia y/o almacenamiento de criptomonedas, y servicios complementarios al respecto.

También te puede interesar: Bolsa de Valores de Perú, Chile, Colombia comenzaron proceso de integración

Asimismo, se establecieron las primeras definiciones sobre la clasificación de las criptomonedas considerándolas activos y no divisas. A pesar de que este proyecto no ha registrado avances en el congreso, si contiene las bases de lo que, desde entonces han sido las consideraciones más importantes sobre el tema.

Posteriormente el gobierno decidió, a través de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) permitir la operación de ciertas plataformas en el país a través de un proyecto piloto denominado “Sandbox” como una forma de probar el funcionamiento de diferentes plataformas fintechs en la nación bajo el cual, diversas plataformas incluidas Binance, Bitso, Gemini, Bitpoint, entre otras, que trabajarán en conjunto con instituciones reguladas por la dependencia, incluyendo el Banco de Bogotá, Bancolombia, Coltefinanciera y Davivienda, entre otros.

https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});

Régimen aplicable

La revista Business Mail de la Cámara de comercio colombo-americana indicó en marzo de 2020 que las criptomonedas están sujetos al impuesto sobre la renta con base en el artículo 75 del estatuto tributario, en el que se contemplan bienes incorpóreos a los que se le cargan un 30% del valor de la enajenación. De la misma forma, la publicación indica que al ser un bien intangible está exento del IVA.

También te puede interesar: “Criptomonedas son similares a esquemas Ponzi”: Banco de la Reserva de India

Tanto la publicación de Business Mail como una del medio Asuntos legales afirman que este es el régimen sobre el cual se tributará.

https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});

En una entrevista ante el medio Blu Radio, el director de la DIAN, Lisandro Junco Riveira indicó que se espera lograr una recaudación de hasta 3 mil millones de pesos colombianos, sobre operaciones con criptoactivos, plataformas de streaming e incluso a los influencers “es el momento de pagar impuestos” indicó el funcionario.

La nueva normatividad aplicada a Bitcoin (BTC) y otras criptomonedas en Colombia obligará a los inversionistas de este sector a retirarse del país, de acuerdo con Mauricio Tovar, cofundador de Tropycus Finance.  

Según Tovar, una normativa que acaba de ser publicada no debería implicar sanciones retroactivas por declaraciones de renta no realizadas en años anteriores a su publicación, pues “parece inocente y autoritario que se emita una guía una semana y se quiera sancionar a la gente con seis años hacia atrás”, razón por la que el ahorro de criptomonedas no puede ser declarado como omisión patrimonial. 

Esto luego de que se le preguntará por el comentario de Lisandro Junco Riveira, director de la oficina de recaudación de impuestos de Colombia, mismo que afirmó en entrevista para  Blu radio que las criptomonedas debian ser declaradas y de no ser así, cada año se debían pagar multas considerando desde la compra de los activos o “monedas virtuales” —como son referidas en el país—.  

https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});

Principio de la discusión 

El pasado 28 de enero de 2022, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer acciones a seguir por los contribuyentes que hagan uso de criptomonedas a fin de un correcto manejo de los activos. 

Dichas acciones involucran: promover la declaración del uso de criptomonedas y prevenir actos ilícitos como la evasión fiscal, el lavado de activos digitales y financiamiento del terrorismo. Al mismo tiempo, tener un avance e innovaciones en materia de fiscalización tributarias. 

Cabe aclarar que esta normativa se suma a varios conceptos de uso de las criptomonedas, cartas circulares de riesgo y regulaciones de transacciones emitidos por El Banco de la República, autoridad monetaria del país; la Superintendencia Financiera y el Proyecto de Ley 268 de 2019. 

https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});