¿Acción afirmativa o protección de datos personales de candidatos? Esa es la cuestión

El INE confirmó el año pasado nuevas normas en cuanto a la representación de comunidades vulnerables para puestos de elección popular

Eduardo Rivas

En el camino hacia una democracia incluyente la población debe contar con toda la información pertinente de los candidatos a cargos de elección popular y representación ciudadana, mientras que el derecho a la privacidad de los contendientes debe ser respetada.

Cómo compaginar estos derechos en el caso de candidatos que hayan sido postulados mediante el programa de acción afirmativa se discutió en la conferencia titulada Protección de datos vs acceso a la información: Acciones Afirmativas organizada por el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP), que contó con la participación de funcionarios del INAI, de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, congresistas estatales y representantes de partidos políticos.

También te puede interesar: INE investiga filtración de datos del padrón electoral de 2018 

Ventajas de las acciones afirmativas

Las acciones afirmativas son una serie de lineamientos, herramientas y políticas diseñadas para garantizar la inclusión de personas que formen parte de poblaciones consideradas minorías en todos los ámbitos de la vida pública, siguiendo los preceptos de la no discriminación. 

Por lo que los partidos políticos están obligados por Ley a presentar un determinado número de candidatos que sean, por ejemplo, parte de poblaciones indígenas, miembros de la comunidad LGBT+ o personas con algún tipo de discapacidad, entre otros.

https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});

Según informó el INAI los funcionarios coincidieron en que siempre que un candidato que pertenezca a una minoría y que haya obtenido su nominación mediante estas acciones afirmativas, debe informar a la ciudadanía y revelar la comunidad a la que pertenece. De esta forma, la ciudadanía puede verificar que los partidos políticos cumplen con la Ley al proponer un cierto número de personas de estas minorías.

“Si se inscribe [el candidato] bajo esta acción afirmativa, debe ser pública la información, se puede pertenecer a esa comunidad y registrarse, pero no hacer uso de ella, entonces, los datos personales sensibles deben ser clasificados, pero no cuando se utiliza y se va a trabajar en razón de un grupo en situación vulnerable” afirmó la Comisionada del INAI, Josefina Román Vergara.

También te puede interesar: INE: se cumple 3% de apoyo ciudadano para revocación del mandato 

https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});

A inicios del año 2021 y como norma para las elecciones intermedias federales del mes de junio,el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) modificó los criterios requeridos para nominar candidatos con el objetivo de ampliar la representación de minorías —incluyendo la nominación en 21 distritos de personas pertenecientes a comunidades indígenas, de las cuales al menos 11 deberían ser mujeres—. 

Razón por la que el INE exigió a los partidos políticos nominar tres fórmulas de candidaturas conformadas por personas afromexicanas en cualquiera de los 300 distritos electorales así, como una fórmula para los espacios de representación proporcional y que incluyeran tanto a hombres como a mujeres en la misma proporción. 

En el caso de las personas con distintas identidades o preferencias sexuales, el Instituto solicitó a los partidos dos fórmulas integradas por miembros de estas comunidades más una para la representación proporcional.

El INE también exigió a los partidos políticos que propongan candidatos con algún tipo de discapacidad aunque no se dio, como en los casos anteriores, un mínimo de fórmulas requeridas para cumplir con estas obligaciones. El Instituto no ha comentado acerca de un cambio a la conformación de estas fórmulas para comicios que se lleven a cabo este año.

https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});