La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó la Acción de Inconstitucionalidad que invalida el funcionamiento del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil
Luis Méndez Zaldívar
El sistema normativo del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) fue declarado inconstitucional por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por “no superar un test de proporcionalidad, encaminado a analizar la restricción al derecho a la privacidad y protección de datos en general”.
El comunicado de la SCNJ explica que la decisión se tomó debido a que no existen medidas que garanticen la seguridad pública.
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https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});La SCJN aprobó la Acción de Inconstitucionalidad 82/2021 promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y una minoría del Senado.
La Acción de Inconstitucionalidad tenía como objetivo invalidar el PANAUT ya que argumentaban que el padrón podría afectar los derechos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales.
“Para este Tribunal Pleno la respuesta es clara, el PANAUT no resulta una medida legislativa necesaria para una sociedad democrática, pues no mantiene un equilibrio entre la necesidad de los datos en circunstancias limitadas y el debido respeto al derecho de privacidad de las personas”, se lee en la Acción de Inconstitucionalidad.https://pagead2.googlesyndication.com/pagead/js/adsbygoogle.js?client=ca-pub-5276943697118145 (adsbygoogle = window.adsbygoogle || []).push({});
“Con este resultado, se establece un precedente invaluable en la defensa del derecho a la privacidad, intimidad y protección de datos personales, así como de los derechos de acceso a las tecnologías de información, a la presunción de inocencia, entre otros”, señaló la organización dedicada a a la defensa de los derechos digitales R3D.
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¿Qué es el PANAUT?
La firma de abogados Hogan Lovells define el padrón como un registro obligatorio de todas las líneas telefónicas móviles. Entre los datos que se debían proporcionar se encontraban datos personales y biométricos.
Las personas físicas y morales debían entregar su información y el padrón iba a ser operado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
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